Eliminamos a un cliente 25.332,38€ de deuda en el Jdo. de lo Mercantil N.1 de Badajoz.
El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Badajoz ha concedido la exoneración completa de una deuda de 25.332,38 € a través de la Ley de la Segunda Oportunidad, al acreditarse que el cliente carecía de bienes e ingresos suficientes y actuaba de buena fe.
Detalles del caso.
El cliente se encontraba en una situación financiera insostenible, acumulando una deuda que ascendía a 25.332,38 euros. Tras presentar la solicitud correspondiente y demostrar que reunía todos los requisitos legales, el procedimiento concluyó con la concesión del Auto de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).
Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, este cliente ha conseguido:
- La cancelación del 100 % de su deuda.
- No perder su patrimonio ni sus derechos básicos.
- Recuperar su estabilidad económica y emocional.
Resolución judicial.
El Juzgado confirmó que no existían bienes con los que hacer frente al pago ni oposición por parte de los acreedores. Se aplicaron correctamente los artículos del TRLC, y tras cumplir con los requisitos de buena fe y sin haber actuado con dolo, se le concedió la exoneración total del pasivo insatisfecho.
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En Lex Consultores somos expertos en la tramitación de procedimientos de exoneración de deudas mediante la Ley de la Segunda Oportunidad. Si no puedes hacer frente a tus pagos, te ayudamos a empezar de nuevo.