Mientras esté vigente el estado de alarma y hasta el 31 de diciembre de 2020, el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril establece que el deudor que se encuentre en estado de insolvencia no tendrá el deber de solicitar la declaración de concurso de acreedores.
Actualizado (29 de abril de 2020) según lo acordado en el Real Decreto-ley 16/2020 de 28 de abril.
Tampoco tendrá el deber de solicitarla, mientras esté vigente el estado de alarma, el deudor que ya hubiera comunicado la iniciación de negociación con los acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación.
A continuación resolvemos dudas que puedan plantearse sobre los concursos de acreedores
¿Cuándo estoy obligado a presentar la declaración de concurso de acreedores?
La Ley Concursal, en su artículo 5, establece que el deudor deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia.
¿Qué puede ocurrir si no se presenta en ese plazo?
Los administradores de una sociedad podrán ser responsables con su patrimonio personal de las obligaciones sociales si incumplieren el deber de declarar el concurso de acreedores en el plazo de dos meses.
Si me encuentro en situación de insolvencia tras el estado de alarma, ¿Debo solicitarlo directamente?
No. Previo a solicitar la declaración de concurso de acreedores, se deberá comunicar al Juzgado de lo Mercantil que la empresa se encuentra en estado de insolvencia, dándose inicio el periodo de preconcurso.
El preconcurso es un periodo de 3 meses desde la comunicación al Juzgado por el que se inician las negociaciones con todos los acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación de todas las deudas.
Tras la situación de preconcurso, ¿Estoy obligado a presentar la declaración de concurso de acreedores?
No necesariamente. El deudor no estará obligado a presentar la declaración de concurso si ya no se encuentra en situación de insolvencia
una vez hayan transcurrido los tres meses del periodo de preconcurso.
Si no hemos alcanzado un acuerdo de refinanciación, y la empresa continúa en estado de insolvencia, el deudor deberá solicitar la declaración de concurso de acreedores.
Si se declara el concurso de acreedores, ¿Se pierden todas las posibilidades de remontar la situación de insolvencia?
No. El principal objetivo en un concurso de acreedores es el de mantener la actividad económica del autónomo o de la empresa.
Durante el concurso de acreedores habrá una nueva oportunidad para alcanzar un acuerdo para el pago de las deudas. Para ello, el deudor podrá proponer quitas y/o esperas en los pagos para mantener con ello la actividad.
¿Como podría presentar un concurso de acreedores por insolvencia?
Consúltanos sin ningún compromiso.
Estos procedimientos son complejos, cada caso es diferente y ello requiere el asesoramiento de profesionales especializados. En LEX Consultores Jurídicos – Financieros somos especialistas en situaciones de insolvencia, concursos de acreedores y Ley de Segunda Oportunidad.